La incapacidad del alcalde socialista pone en peligro la conservación y mantenimiento de los colegios públicos de Leganés.

by Admin | abril 4, 2018 2:53 pm

Leganés, a 4 de abril de 2018. En el pleno del Ayuntamiento de Leganés, celebrado el 14 de Octubre de 2016, se aprobó que se solicitase a la Comunidad de Madrid 13.775.694,21 de euros correspondientes al PIR y que vendrían a mejorar distintas infraestructuras de Leganés. El Partido Popular fue el único grupo de la oposición que votó a favor de esa petición, aunque puso como condición al gobierno de izquierdas de nuestra ciudad que se constituyese una mesa de trabajo para que toda la corporación tuviese la oportunidad de estudiar, consensuar y decidir el destino más adecuado de esos recursos económicos en nuestra ciudad.

Hasta la fecha, ni el Alcalde socialista Santiago Llorente ni nadie de su gobierno han convocado ni una sola reunión al respecto. Es más, sin encomendarse a nadie, decidieron unilateralmente “la reforma integral de los colegios Miguel de Cervantes, Gonzalo de Berceo, Ortega y Gasset, así como el Giner de los Rios”, y que para ello “se presentaban los proyectos oportunos a la Comunidad de Madrid”.

La atrevida ignorancia, el desconocimiento y la incapacidad del alcalde y su gobierno, no repararon en que la citada petición no se ajustaba a la legalidad vigente. Leganés y sus vecinos se podrían haber ahorrado semejante ridículo si, simplemente, el gobierno local del Psoe-IU nos hubiese hecho caso.

Eso o leer con atención lo que dicta la normativa.

La legislación vigente establece, de conformidad con el artículo 25.2 n) de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las bases del Régimen Local, que:

Que el municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias:

  1. h) La conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad local destinado a centros públicos de educación infantil, de educación primaria o de educación especial”

De igual manera el artículo 122.1 del TRLCSP (Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público) establece lo siguiente:

  1. A los efectos de elaboración de los proyectos se clasificarán las obras, según su objeto y naturaleza, en los grupos siguientes:
  2. Obras de primer establecimiento, reforma o gran reparación
  3. Obras de reparación simple, restauración o rehabilitación.
  4. Obras de conservación y mantenimiento.
  5. Obras de demolición.

En definitiva, que el Ayuntamiento, de conformidad con la Ley, puede realizar todas aquellas obras que se refieran a la conservación y mantenimiento de los colegios públicos, pero no puede pedir dinero a la Comunidad de Madrid para efectuar ningún tipo de actuación que no se ajuste a la legalidad vigente.

Así pues, como se puede comprobar, los proyectos presentados no han cumplido con la Ley lo que ha derivado en que los proyectos presentados hayan sido denegados.

En nuestro compromiso, empeño y responsabilidad de contribuir, aunque sea desde la oposición al avance y mejora de Leganés, el Partido Popular tiende la mano (por enésima vez) al gobierno de izquierdas para que el nuevo procedimiento de solicitud se agilice y Leganés pueda contar con esos casi 14 millones de Euros que nos son tan necesarios.

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